El libre derecho de las sociedades del conocimiento
El concepto libre toma más fuerza con el pasar del tiempo en los temas informáticos, ¿pero será conveniente apoyarlo?, ¿ahí estará el punto de partida de las sociedades del conocimiento?
La riqueza de las naciones industrializadas se basa
plenamente en la posesión de conocimiento, pero como hacer que el conocimiento
este disponible de forma oportuna, pertinente y además con estándares de
practicidad, utilidad y probados.
Sin olvidar a esos millones de personas que día a día son excluidas de las oportunidades por no tener los medios (económico-tecnológicos) que le permitan el acceso al mismo, su futuro que les depara: marginación, exclusión y pobreza. ¿Qué se puede hacer al respecto? Los medios tecnológicos y los proyectos de uso libre es donde juegan su papel primordial.
Los proyectos de uso libre como los hay en Internet representados en un script computacional (programa informático) o en un sistema operativo que puede romper paradigmas (Linux), tecnologías accesibles, confiables y de alto desempeño han puesto al descubierto que el conocimiento debe ser libre y esa es una tendencia.
A Bill Gates nunca le gustó el concepto y en 1976, cuando tenía 21 años, preguntó bastante enfadado en una carta a los programadores de código en fuente abierta (códigos de uso libre): "Con este método están evitando que se cree un buen software porque, ¿quién puede permitirse hacer un trabajo profesional a cambio de nada?"
Lamentablemente el concepto esta mal interpretado, el concepto libre no es sinónimo de ser gratuito sino de aportación, dedicación y responsabilidad ya que los que colaboran lo hacen pensando en fortalecer proyectos de uso global, de otro resultaría incomprensible este modo en un mundo tan mercantilizado.
También hay que recalcar que los proyectos de uso libre deben generar ganancias eso implica que en algunos casos ciertas versiones especiales o servicios deben cobrarse pero a precios bajos, eso avala el respaldo de una empresa especialista en el producto para su soporte, por que de otra forma no se garantiza la perdurabilidad de los mismos proyectos.
Si las empresas de las áreas involucradas como las desarrolladoras de software,
no toman en cuenta al concepto libre y no lo promueven, pueden estar condenadas
a desaparecer, no pueden seguir apostando por los mecanismos convencionales,
sin querer aceptar los métodos establecidos implícitamente por los
consumidores y las nuevas sociedades del conocimiento.
La piratería es el tema culminante, tan solo la Asociación de Productores
de Software Empresarial estimo en 11.750 millones de dólares las pérdidas
mundiales asociadas con esta practica en el 2001, pero así son orillados la
gran mayoría de los usuarios finales en ese afán de buscar esas oportunidades,
este problema parece no tener solución, pero acaso ¿puede llegar a buen
termino?, lo único seguro es que las empresas monopolistas y semi-monopolistas
pareciera que no quieren aceptar su realidad. Si realmente quieren disminuir
con esta práctica, tendrán que reorientar sus mercados objetivos y las expectativas
para con los mismos, abrirse al concepto libre y todos los requisitos que
esto implica.
Los mecanismos actualmente generados para la protección de obras del tipo
informático y sus derivaciones, representado en leyes, tratados, sistemas
anti copia, entre otros, parecen esfuerzos inútiles y algunos vergonzosos como el caso de SONY, con su sistema de protección de CD burlado por un simple
marcador, o el caso de Microsoft con su avanzado sistema de activación de
software del flamante Windows XP vulnerado por un archivo muy pequeño y de
fácil distribución.
De la búsqueda de alternativas que promuevan al concepto libre, las empresas
podrán garantizar la aceptación entre los usuarios y la durabilidad de sus
proyectos y sus derivaciones.
Los pasos a seguir son los siguientes:
Productos económicos:
Partiendo de que hay una sobre valoración concerniente a los productos de
software, hay que determinar los costos reales de los mismos y las ganancias
razonablemente esperadas, para que los precios sean competitivos hasta con
las copias ilegales en algunos casos.
Liberación de versiones de
investigación:
-
Se tendrá que servir productos
en calidad de investigación y evaluación, -
Abrir gradualmente la tecnología
de los productos, -
Las versiones deben estar orientadas
exclusivamente a especialistas, -
Estas versiones si deben variar
de las versiones finales.
De esta manera las empresas dependientes y relacionadas
podrán adaptar de mejor manera y con justicia las tecnologías entre ellas.
Los proyectos realmente se enriquecerán y habrá más competencia entre los
mismos, al haber más oferta bajarán los precios de productos y servicios siendo
el usuario final el gran ganador.
Accesibles:
Esto implica que es más fácil conseguir una copia ilegal ya sea en un centro
con estos fines o por Internet, que ir con un distribuidor autorizado y seguir
con todos los procedimientos convencionales de venta aún considerando las
compras en línea. Hay que buscar mecanismo para que la compra sea igual de
fácil que la ilegal, sin complicaciones ni engorrosas transacciones.
Regularización de usuario final: Presentar
productos económicos parecería una locura, pero es mejor tener clientes que
paguen legalmente por su copia libre, lo que implica soporte y garantía aun
muy bajo costo, lográndolos convencer con el producto como estrategia a largo
plazo, ya que en la mayoría de los casos los precios de las obras son incosteables
y optan por las versiones ilegales.
En los próximos años veremos como se consolida esta vertiente llamada "libre",
ya aplicada en algunos casos como en los gobiernos de Alemania y Francia que la han respaldado y ponen a manifiesto que el futuro es "libre" y debe
ser responsablemente compartido.
cuales son sus tecnicas
esta muy interesante el articulo, sintetiza muy bien lo que muchos creen (me incluyo entre ellos) me intriga la terquedad de varias compañias que se empeñan en no cambiar su esquema, la pirateria les hace perder millones, es obvio que los metodos que usan para detenerla no sirven, y saben tan bien como nosotros que si su principal ingreso fuera despues de la adquisicion del producto (digase servicios, administracion, configuracion, costumizacion) dejarian de perder mucho dinero.
pero en fin, solo el tiempo probara que los sistemas libres son el futuro de la informatica y muchos otros campos del saber humano
Hola:
Para el que le interese, tengo un trabajo titulado :”Nuevos Modelos de Negocio basados en Software Libre” en esta dirección:
http://najaraba.com
Es un trabajo realizado para un master MBA en la UNED. A ver que os parece.
Lo he publicado bajo CreativeCommons.
Un saludo
Joserra
compañias encomanditas,su formacion ,valor por acciones ,et.
Sociedades en Comanditas
Es la que se celebra entre una o más personas que prometen llevar a la sociedad un determinado aporte y una o más personas, que se obligan a administrar exclusivamente la sociedad por sí o por sus delegados, y en nombre particular.
Las sociedades en comandita pueden ser simples o por acciones.
La comandita simple se forma por la reunión de un fondo suministrado en su totalidad por uno o más socios comanditarios, o por éstos y los socios gestores a la vez.
La comandita por acciones se constituye por la reunión de un capital dividido en acciones o cupones de acción y suministrado por socios cuyo nombre no figura en la escritura social.
La sociedad en comandita está formada por dos categorías de socios: los gestores y los comanditarios.
Son gestores. los colectivos que administran la sociedad y responden con todos sus bienes de las obligaciones sociales.
Son comanditarios, los que aportan un capital determinado y no responden de las obligaciones, sino hasta concurrencia de su aporte y carecen de derecho para administrar. Si lo contravienen quedarán solidariamente responsables con los gestores de todas las pérdidas y obligaciones de la sociedad, sean anteriores o posteriores a la contravención.
Son responsables de la sociedad en comandita los gestores, quienes administran y responden con todos sus bienes en las obligaciones sociales.
Los comanditarios sólo responden hasta concurrencia de su aporte.
Los comanditarios no tienen derecho para incluir sus nombres en la firma o razón social; si toleran la inclusión de su nombre en la razón social, se hacen responsables igual que los socios gestores, es decir, solidariamente.
De acuerdo con el régimen jurídico, en el que se constituya la empresa, esta puede ser: Sociedad Anónima, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Cooperativa, Sociedad de Comandita Simple, Sociedad de Comandita por Acciones y Sociedad en Nombre Colectiva
Sociedades Comerciales: Son de naturaleza comercial cuando contemplan dentro de su objeto social la ejecución de una o mas actividades mercantiles entre ellas se encuentran:
o Sociedades de Personas
o Sociedades de Capital
o Sociedades de Naturaleza Mixta
o Sociedades de Comercialización Internacional
SOCIEDADES DE PERSONAS: Aquellas en las que se conocen todos los socios y en la cual tanto en la sociedad como en los negocios responden con su patrimonio, solidaria e ilimitadamente con las obligaciones, lo que les da derecho a todos los socios de administrar la sociedad. Entre este tipo de sociedades se encuentra la sociedad colectiva y la comandita simple.
o Sociedad colectiva: en estas sociedades predominan las cualidades individuales de quienes se asocian y la confianza que se tengan, la responsabilidad es solidaria e ilimitada, es decir, todos responden por las actuaciones que realicen la sociedad y los otros socios. La razón social de sociedad colectiva se conforma con el nombre completo o el apellido de alguno de los socios, o con los nombres o los apellidos de todos los socios seguido de las expresiones “ & compañía”, “& hermanos ”, “e hijos” u otras análogas. Se requieren por lo menos dos personas para conformarla y no existe límite máximo. El capital se divide en partes que pueden ser de distinto valor, y cada socio, independientemente de su aporte tiene derecho a un voto en la junta de socios. La representación legal corresponde a todos los socios salvo que la deleguen en un consocio o un tercero.
o Sociedad comanditaria o comandita simple: esta sociedad tiene dos categorías de asociados: los gestores y los comanditarios. Los gestores o colectivos administran la sociedad, representan y tienen responsabilidad solidaria e ilimitada por las operaciones sociales, por cuanto no es necesario que den algún tipo de aporte. Los comanditarios son los que hacen los aportes no intervienen en la administración de la sociedad y responden por las obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. En las sociedades en comandita simple, como mínimo debe haber un socio gestor o colectivo y un socio comanditario, y el capital debe pagarse intelectualmente al construirse la sociedad e inmediatamente se haga cualquier reforma a dicho capital. La sociedad en comandita simple se integra con el aporte del capital de los socios comanditarios o con el de estos y de los socios gestores simultáneamente y se divide en cuotas de igual valor. El socio gestor por el solo hecho de serlo tiene derecho a un voto y los socios comanditarios tienen derecho a un voto por cada cuota de capital que posean. Si son varios socios gestores sus decisiones deben tomarse por unanimidad, y los comanditarios por mayoría. Debe haber por lo menos un socio gestor y cinco accionistas.
SOCIEDADES DE CAPITAL: Son aquellas en las que no se sabe quines son los socios y estos responden hasta el monto de sus aportes por las obligaciones sociales. A esta clasificación pertenecen las sociedades anónimas y comanditas por acciones.
Hay mucha bibliografía española referida al tema, lo que tienes que hacer, es ir a una biblioteca de cualquier Facultad de Derecho y buscar…..; también lo tienes muy sencillo el Código de Comercio última edición te da la respuesta.
Suerte..
muy bueno el articulo de nancy me sirvio para el cole, y lo agradezco
no me sirve
No lei absolutamnte nada y debo de matar a sanguan es muy larga la historia otro dia la comento ahora me voy al baño….besos.
LE FALTA MUCHA INFORMACION
esta muy bueno el comentario de nancy me sirvio
esta muy bueno el comentario de nancy me sirvio
poner conceptos dde laas compañias
esperamos encontrar informacion mas concreta y acercada ala realidad
muy bueno
orale pero busco otra cosa
nesecito sobre sociedades de capital
no tiene muy buena informacion le falta mas
esta bien todo pero quisiera saber q es una sociedad comandita mixta
no sirve para nada pongan mas informacion concreta
Hola quiero agraderle a nancy3791 su informacion , me sirve para una investigacion para la universidad .
Hola quiero agraderle a nancy3791 su informacion , me sirve para una investigacion para la universidad .
le faltan definiciones llamativas
para gente ignorante como yo
necesito saber más sobre sociedades de capital